¿QUÉ MÍNIMA INFORMACIÓN TIENE QUE APARECER EN LAS ETIQUETAS DE CUALQUIER PRODUCTO DE COSMÉTICA?
En todo producto de cosmética, tiene que aparecer, ya sea en el recipiente o en el envase, con caracteres indelebles, fácilmente legibles y visibles, la siguiente información:
• El nombre o la razón social, y la dirección o la sede social del fabricante o del responsable de la comercialización del producto cosmético, establecido dentro de la Comunidad.
• El contenido nominal, en el momento del acondicionamiento del producto, indicado en peso o en volumen.
• La fecha de caducidad anunciada, por ejemplo, por la mención “Utilícese preferentemente antes de fin de…” para los productos que caduquen antes de treinta meses.
• El período de utilización de los productos cosméticos sin que causen daño al consumidor tras la apertura para los productos que caduquen después de treinta meses.
Esta información se indica mediante un símbolo especial que representa un tarro abierto.
• Las precauciones especiales de empleo.
• El número de lote de fabricación o la referencia mediante la que se pueda identificar la fabricación (trazabilidad).
• La función del producto.
• Lista de ingredientes, por orden decreciente según la cantidad utilizada menos cuando la proporción no supere el 1 % que en tal caso no tienen un orden obligatorio, precedida de la palabra “ingredientes”, con una nomenclatura internacional llamada INCI.
• Los compuestos perfumantes y aromáticos se mencionarán únicamente con la palabra “fragancia” o “aroma”, salvo si constituyen una causa importante de reacciones alérgicas entre los consumidores sensibles a las fragancias.
• Los colorantes deben ir al final de la lista, según la denominación CI (Color Index) seguidos de un número de 5 cifras (correspondientes a cada color).
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